Lineamientos de protección y atención a niños y niñas en el derecho internacional.

Por la Unidad Universitaria de Investigación de Clínica (UNIVICT)

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece con relación al acceso a la justicia, que toda persona tiene derecho a un recurso efectivo en caso de vulneración de sus derechos fundamentales y reconoce una serie de garantías procesales, como el derecho a ser oído públicamente y con justicia por un tribunal imparcial e independiente y el derecho a la defensa jurídica. 

Asimismo, el primer tratado internacional que reconoce los derechos humanos de todos los niños, niñas y adolescentes es la Convención sobre los derechos del niño, creando un marco de protección integral a favor de los niños y niñas, lo que, como normativa internacional ratificada por México, obliga al país a respetar, proteger y garantizar tanto los derechos civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales de todas las personas menores de 18 años, de esta forma, el desarrollo de la cultura de la legalidad de niños y niñas da respuesta a una necesidad jurídica enunciada por la Convención, sentando un antecedente de importancia para la creación de herramientas acordes a nuestro contexto social e histórico, que representen y procuren esta protección integral de la niñez.

De igual forma, las Directrices de Naciones Unidas sobre la Justicia de los Niños Víctimas y Testigos es un precedente normativo dirigidas a garantizar la justicia para los niños víctimas y testigos de los delitos, asegurando el derecho a la información, a la participación, a la asistencia y a la protección. Este documento está dirigido a los profesionales de la justicia para que, combinando los conocimientos contemporáneos con la aplicación de las normas internacionales, se evite la revictimización del niño por el contacto con la administración de justicia.

A favor del cumplimiento del marco normativo que sienta las bases para garantizar el acceso a la justicia de niños y niñas que participan en procesos jurídicos, es necesario crear una herramienta con innovaciones tecnológicas, dada la era digital de nuestro contexto, que atienda las necesidades especiales individuales y propias de su edad, con el uso de un lenguaje comprensible proporcionado por profesionales capacitados. Otra necesidad identificada para el acceso integral a la justicia de los niños y niñas, es las limitaciones al derecho de estar informado de los procedimientos y todo lo relativo al proceso jurídico en que se encuentra participando, entre los principales son: la fecha, hora y lugar de las audiencias, los participantes en el juicio, las medidas de protección a la revictimización, su papel como víctima o testigo en el procedimiento así como la forma,  vocabulario en que se realizarán los interrogatorios durante el juicio y en qué momento ejercerá su derecho a expresar sus opiniones y ser oído.

Por otra parte, en los principales documentos normativos y jurídicos que rigen al país, se enuncia que los profesionales de la justicia y todos los que vayan a estar en contacto con las víctimas y testigos tienen que estar debidamente capacitados y contando con material y herramientas útiles que faciliten al niño la comprensión de lo que está ocurriendo a su alrededor sin sufrimiento.

Es por ello, que a favor del interés superior de niños y niñas, éstos participen en las diligencias con un conocimiento previo y acompañado sobre los procesos de denuncia y participación requerida en el sistema de justicia, por lo que se evidencia la necesidad de que los niños y niñas accedan a la justicia con un  acercamiento previo y amigable al sistema de justicia, así como los profesionales que realizan estas funciones puedan tener herramientas (con innovación tecnológica) aptas para la protección del interés superior del niño y hacer más amortiguados estos procesos a nivel psicológico, social y legal.

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